Confirman condena a militares en retiro por homicidios de Achú y Wegner

Absalón Wegner y Rigoberto Achú..
Absalón Wegner y Rigoberto Achú..

Corte de Apelaciones de Valparaíso: La Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó resolución de primera instancia, pero rebajó las penas que deben cumplir cinco miembros del Ejército en retiro, por su responsabilidad en los homicidios de Rigoberto Achú Liendo y Absalón Wegner Millar, perpetrados el 13 de diciembre de 1973, en la ciudad de San Felipe.
En fallo unánime (causa rol 107-2016), la Tercera Sala del tribunal de alzada porteño -integrada por los ministros Eliana Quezada, Max Cancino y Pablo Droppelmann- confirmó la resolución dictada por el ministros en visita Jaime Arancibia, pero con disminución de la sanción penal.
El fallo del tribunal de alzada, condenó a Héctor Orozco Sepúlveda, Sergio Jara Arancibia y Pedro Lovera Betancourt, a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores en ambos homicidios; en tanto, Raúl Navarro Quintana y Milton Núñez Hidalgo deberán purgar 5 años y un día de presidio, como cómplices.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que ordenó al fisco y a los condenados pagar una indemnización total de $340.000.000 (trescientos cuarenta millones de pesos) a familiares de las víctimas.
En la etapa de investigación, el ministro Arancibia logró establecer que el 13 de diciembre de 1973, las víctimas de este proceso: Rigoberto del Carmen Achú Liendo y Absalón del Carmen Wegner Millar, quienes habían sido detenidos en los meses de septiembre y noviembre de ese año, respectivamente, por personal del Regimiento de Infantería N° 3 Yungay de San Felipe, por tratarse de dirigentes de los Partidos Socialista y Comunista y además tener a su cargo servicios públicos relevantes en esta ciudad.
Rigoberto Achú Liendo y Absalón Wegner Millar, fueron «puestos a disposición de la Fiscalía Militar de San Felipe, acusados de mantener armas escondidas y dentro del marco de supuestos ilícitos en contra de la Ley de Seguridad Interior del Estado y próximos a ser llevados a un Consejo de Guerra dispuesto para esos efectos, son sacados desde el lugar de su reclusión –Cárcel Pública de San Felipe– entre las 10:00 a 11:00 horas de la noche, para ser llevados a la Fiscalía Militar de esa ciudad, que funcionaba en el Regimiento ya mencionado, ubicado más o menos a tres cuadras del recinto carcelario (…) en los momentos en que, después de un período de tiempo indeterminado, eran devueltos a su lugar de reclusión, son acribillados por la patrulla que los transportaba, en un lugar cercano a la intersección de calles 5 de Abril con calle Molina de la ciudad de San Felipe, muriendo ambas víctimas en el acto, para luego, después de constituirse un contingente militar del Regimiento en ese lugar, Carabineros y Gendarmes, ser llevados al Hospital local, siendo lavados los rastros de sangre producidos, con la ayuda de Gendarmería de esta ciudad».
Consultado el abogado del doctor Navarro, Mauricio Unda, dijo que conocía el fallo, lo había estudiado pero no se iba a pronunciar.
Las otras defensas ya tomaron conocimiento del fallo, pero no quisieron hacer ningún comentario al respecto. Más adelante se sabrá si las defensas presentarán algún recurso ante la Corte Suprema.

Absalón Wegner y Rigoberto Achú..
Absalón Wegner y Rigoberto Achú..
General Héctor Orozco, uno de los sentenciados a 10 años.
General Héctor Orozco, uno de los sentenciados a 10 años.
Milton Núñez, sentenciado a cinco años.
Milton Núñez, sentenciado a cinco años.
Doctor Raúl Navarro, sentenciado a cinco años.
Doctor Raúl Navarro, sentenciado a cinco años.

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