Condenado a 5 años tras robo de billetera mordiendo mano de la víctima

Samuel Caled Muñoz Muñoz fue condenado a cinco años de cárcel por el delito de robo con violencia cometido en la comuna de Llay Llay.
Samuel Caled Muñoz Muñoz fue condenado a cinco años de cárcel por el delito de robo con violencia cometido en la comuna de Llay Llay.
Samuel Caled Muñoz Muñoz fue condenado a cinco años de cárcel por el delito de robo con violencia cometido en la comuna de Llay Llay.
Samuel Caled Muñoz Muñoz fue condenado a cinco años de cárcel por el delito de robo con violencia cometido en la comuna de Llay Llay.

Pena efectiva, sin beneficios:

  • Juicio oral se desarrolló la semana pasada por hecho ocurrido el 17 de octubre de 2016 en la avenida Balmaceda de Llay Llay.

A cinco años de cárcel efectiva fue la condena impuesta por el Tribunal en Lo Penal de San Felipe en contra de un sujeto identificado como Samuel Caled Muñoz Muñoz, tras ser declarado culpable del delito de robo con violencia cometido en la comuna de Llay Llay.
Tras un juicio oral desarrollado la semana pasada, el Ministerio Público representado por el Fiscal Rodrigo Zapata Cuéllar, acusó que el día 17 de octubre de 2016, aproximadamente a la 23:40 horas, el actual sentenciado interceptó a un hombre que circulaba por avenida Balmaceda de Llay Llay para solicitarle dinero, sustrayéndole la billetera que mantenía en sus manos, guardándola en sus vestimentas e iniciándose un forcejeo entre ambos.
Durante el enfrentamiento, el asaltante mordió el dedo pulgar de la mano de la víctima, instantes en que Carabineros logró la detención del delincuente, quien mantenía en su poder la billetera con $18.000 de propiedad del afectado quien resultó lesionado en su extremidad superior.
La terna de jueces del Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe declaró al imputado culpable de este delito, sentenciando a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo con violencia.
El oficio judicial obliga al sentenciado a cumplir la pena en forma efectiva, sin ser beneficiado con alguna pena sustitutiva de la Ley 18.216.
Pablo Salinas Saldías

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