{"id":65010,"date":"2015-12-21T15:30:18","date_gmt":"2015-12-21T18:30:18","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eltrabajo.cl\/portal\/?p=65010"},"modified":"2015-12-21T15:30:18","modified_gmt":"2015-12-21T18:30:18","slug":"justicia-ratifica-condenas-a-involucrados-en-millonario-fraude-a-codelco-andina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/justicia-ratifica-condenas-a-involucrados-en-millonario-fraude-a-codelco-andina\/","title":{"rendered":"Justicia ratifica condenas a involucrados en millonario fraude a Codelco Andina"},"content":{"rendered":"<figure id=\"attachment_65011\" aria-describedby=\"caption-attachment-65011\" style=\"width: 300px\" class=\"wp-caption alignleft\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-65011 size-medium\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado-300x198.jpg?resize=300%2C198\" alt=\"Isidoro Camacho fue condenado a cinco a\u00f1os de presidio y multa del 10% del perjuicio causado como coautor de delitos reiterados de fraude al Fisco.\" width=\"300\" height=\"198\" srcset=\"https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado.jpg?resize=300%2C198&amp;ssl=1 300w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado.jpg?resize=200%2C132&amp;ssl=1 200w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado.jpg?resize=227%2C150&amp;ssl=1 227w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado.jpg?resize=400%2C264&amp;ssl=1 400w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado.jpg?w=530&amp;ssl=1 530w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-65011\" class=\"wp-caption-text\">Isidoro Camacho fue condenado a cinco a\u00f1os de presidio y multa del 10% del perjuicio causado como coautor de delitos reiterados de fraude al Fisco.<\/figcaption><\/figure>\n<ul>\n<li><strong>Los contratistas Jorge Gonz\u00e1lez Ponce y Jorge Gonz\u00e1lez Ahumada deber\u00e1n purgar 13 a\u00f1os de c\u00e1rcel.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>LOS ANDES.<\/strong>&#8211; La Corte Suprema mantuvo hoy las condenas de 10 a\u00f1os y un d\u00eda por fraude al fisco en Codelco por m\u00e1s de $1.111 millones, convirtiendo a la causa de la Fiscal\u00eda de Los Andes en una de las que termina con las penas m\u00e1s altas que se dictan contra particulares por este delito.<br \/>\nEl dictamen fue resuelto por la Segunda Sala del m\u00e1ximo tribunal, tras los alegatos del director de la Unidad Anticorrupci\u00f3n de la Fiscal\u00eda Nacional, Hern\u00e1n Fern\u00e1ndez, de los antecedentes reunidos por el fiscal de Los Andes, Jorge Alfaro, que terminaron el 19 de septiembre con la condena dictada por el tribunal de juicio oral en lo penal de Los Andes.<br \/>\nLa Suprema se pronunci\u00f3 en este caso tras el recurso de nulidad presentado contra la resoluci\u00f3n del tribunal andino por la defensa de los condenados Jorge Gonz\u00e1lez Ponce y Jorge Gonz\u00e1lez Ahumada (contratistas).<br \/>\nTras el juicio de septiembre, Camacho Mu\u00f1oz fue condenado a sufrir la pena de cinco a\u00f1os de presidio y multa del 10% del perjuicio causado como coautor del 15 delitos reiterados de fraude al Fisco mayores a 400 UTM, de 9 delitos reiterados de fraude al Fisco mayores a 40 UTM, y de 2 delitos frustrados de Fraude al Fisco mayores a 400 UTM, previstos y sancionados en el art\u00edculo 239 del C\u00f3digo Penal, cometidos en la ciudad de Los Andes entre los a\u00f1os 2009 y 2011.<br \/>\nGonz\u00e1lez Ponce fue sentenciado a sufrir la pena de 10 a\u00f1os y un d\u00eda de presidio, m\u00e1s multa del 10% del perjuicio causado, como coautor de los mismos delitos, pena que se repiti\u00f3 contra Gonz\u00e1lez Ahumada por las mismas consideraciones. A estos dos acusados, adem\u00e1s, se les aplic\u00f3 la pena de 3 a\u00f1os y 1 d\u00eda de presidio y multa del 50% del tributo eludido por el delito reiterado de declaraci\u00f3n maliciosamente incompleta o falsa, previsto y sancionado en el inciso primero del art\u00edculo 97 N\u00ba 4 del C\u00f3digo Tributario, cometido en Los Andes el 8 de mayo de 2012.<br \/>\nDe acuerdo con los hechos investigados por el fiscal Alfaro y que el tribunal de juicio oral dio por acreditados, Isidoro Camacho Mu\u00f1oz, abusando de los perfiles inform\u00e1ticos que pose\u00eda con ocasi\u00f3n de sus labores como analista de control de egresos de Codelco, realiz\u00f3 movimientos contables en el sistema SAP de la empresa estatal a fin de favorecer a la empresa Sociedad de Servicios Mineros Gonz\u00e1lez e Hijos Ltda. y a Jorge Gonz\u00e1lez Ponce como persona natural, generando, a ra\u00edz de los movimientos contables efectuados, la exacci\u00f3n de dineros de la empresa estatal Codelco Chile, sin una causa legal que amparase los pagos indebidos efectuados, en concierto con quienes recibieron dichos dineros, Gonz\u00e1lez Ponce y Gonz\u00e1lez Ahumada.<br \/>\nLos dineros provenientes de los pagos sin ocasi\u00f3n de servicios prestados ni mercader\u00edas transferidas a la empresa Estatal Codelco-Chile, fueron a incrementar el patrimonio de Gonz\u00e1lez Ponce -como persona natural o como due\u00f1o del 50% de la empresa Sociedad Minera Gonz\u00e1lez e Hijos Ltda.-, as\u00ed como el de Gonz\u00e1lez Ahumada en su calidad de socio de la empresa, en forma reiterada desde el a\u00f1o 2009 hasta el a\u00f1o 2011, mediante el cobro de instrumentos mercantiles privados o a trav\u00e9s del sistema de transferencias electr\u00f3nicas a la cuenta corriente de la sociedad o a Gonz\u00e1lez Ponce.<br \/>\nLos acusados Gonz\u00e1lez Ponce y Gonz\u00e1lez Ahumada presentaron cada uno, con fecha 08 de mayo de 2012, su declaraci\u00f3n de renta contenida en el formulario 22 del Servicio de Impuestos Internos, mediante el sistema de declaraci\u00f3n inform\u00e1tica, sin movimientos para el per\u00edodo comercial 2011 -a\u00f1o tributario 2012-, misma acci\u00f3n que efectuaron en forma conjunta, en su car\u00e1cter de due\u00f1os y representantes legales de la Sociedad Minera Gonz\u00e1lez e Hijos Ltda., lo que determin\u00f3 que, conforme a las declaraciones contenidas en los formularios ya rese\u00f1ados, el impuesto a pagar por concepto de renta fue de cero pesos, tanto para la Sociedad referida como para los acusados en su calidad de contribuyentes individuales, no obstante haber tenido ingresos l\u00edcitos e il\u00edcitos, durante el a\u00f1o comercial 2011 -a\u00f1o tributario 2012, con un perjuicio fiscal de $423.386.198 por los impuestos eludidos.<br \/>\nLa Fiscal\u00eda logr\u00f3 probar adem\u00e1s que la Sociedad de Servicios Mineros Gonz\u00e1lez e Hijos Ltda. suscribi\u00f3 con Codelco-Chile, Divisi\u00f3n Andina, a lo menos, 4 contratos de prestaci\u00f3n de servicios, mientras que el acusado Gonz\u00e1lez Ponce suscribi\u00f3, a lo menos, 1 contrato de prestaci\u00f3n de servicios con la minera estatal, y que se presentaron a cobro por parte de la sociedad 16 facturas ideol\u00f3gicamente falsas, toda vez que se cobraban en las mismas servicios no prestados, en tanto que se presentaron a cobro por parte de Gonz\u00e1lez Ponce, como persona natural, 2 facturas ideol\u00f3gicamente falsas por servicios que tampoco fueron prestados.<br \/>\nAdem\u00e1s de lo anterior, se pudo establecer que Camacho Mu\u00f1oz, a fin de realizar inform\u00e1ticamente una apariencia de legalidad y generar pagos, ingres\u00f3 7 n\u00fameros de facturas que supuestamente fueron emitidas por la sociedad de los Gonz\u00e1lez, e ingres\u00f3 1 n\u00famero de factura que supuestamente hab\u00eda sido emitida por el acusado Gonz\u00e1lez Ponce, todo lo cual gener\u00f3 pagos por servicios inexistentes y que ingresaron en las arcas patrimoniales de la sociedad o al patrimonio Gonz\u00e1lez Ponce, mediante el sistema de pago de cheque y transferencia electr\u00f3nica.<br \/>\nConforme la investigaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda, tanto Gonz\u00e1lez Ponce como Gonz\u00e1lez Ahumada procedieron al cobro de instrumentos privados mercantiles (cheques) provenientes de exacciones ilegales, y que, conforme los hechos ya rese\u00f1ados, la sociedad y los acusados lograron apropiarse de un total de $1.111.641.833, en tanto que Gonz\u00e1lez Ponce, solo en su car\u00e1cter de persona natural, logr\u00f3 apropiarse de $15.005.708.<br \/>\nSi bien se estableci\u00f3 que hubo facturas de la empresa de los Gonz\u00e1lez que fueron emitidas e ingresadas para pago con anterioridad a la emisi\u00f3n de la autorizaci\u00f3n del pago del estado de pago por parte del administrador de contrato de Codelco, las mismas fueron regularizadas con posterioridad por Isidoro Camacho en la contabilidad de Codelco-Chile.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los contratistas Jorge Gonz\u00e1lez Ponce y Jorge Gonz\u00e1lez Ahumada deber\u00e1n purgar 13 a\u00f1os de c\u00e1rcel. LOS ANDES.&#8211; La Corte Suprema mantuvo hoy las condenas de 10 a\u00f1os y un d\u00eda por fraude&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":482,"featured_media":65011,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[21],"tags":[],"class_list":["post-65010","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-policial"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/camacho_reformalizado.jpg?fit=530%2C350&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"jetpack-related-posts":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/65010","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/482"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=65010"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/65010\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/65011"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=65010"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=65010"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=65010"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}