{"id":96255,"date":"2019-12-27T05:03:23","date_gmt":"2019-12-27T08:03:23","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eltrabajo.cl\/portal\/?p=96255"},"modified":"2019-12-26T20:49:49","modified_gmt":"2019-12-26T23:49:49","slug":"corte-suprema-condena-a-municipio-a-pagar-casi-40-millones-a-dos-ex-funcionarios-despedidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/corte-suprema-condena-a-municipio-a-pagar-casi-40-millones-a-dos-ex-funcionarios-despedidos\/","title":{"rendered":"Corte Suprema condena a municipio a pagar casi 40 millones a dos ex funcionarios despedidos"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"color: #ff0000;\"><strong>Fallo \u00fanico en Chile viene a sentar precedente:<\/strong><\/span><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Corte Suprema condena a municipio a pagar casi 40 millones de pesos a dos ex funcionarios que fueron despedidos vulnerando sus derechos<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La Corte Suprema rechaz\u00f3 un recurso de inaplicabilidad presentado por la municipalidad de San Felipe ante el Tribunal Constitucional, raz\u00f3n por la cual el municipio deber\u00e1 cancelar alrededor de 40 millones de pesos a dos ex funcionarios que el d\u00eda 31 de diciembre de 2016 fueron despedidos en forma arbitraria seg\u00fan este fallo, vulnerando con ello todos los derechos de los trabajadores.<\/p>\n<p>El abogado de los ex trabajadores, <strong>Marco Cortez Llopis<\/strong>, dijo a nuestro medio lo siguiente sobre esta sentencia que obliga a la municipalidad a pagar esta cantidad de millones:<\/p>\n<p>\u201c<em>Esto comienza efectivamente el a\u00f1o 2016 cuando estos funcionarios son desvinculados por la municipalidad, espec\u00edficamente por el administrador municipal, y en dicha instancia se presenta una demanda de tutela laboral para garantizar sus derechos fundamentales, y en subsidio una demanda de despido injustificado. Esta demanda finalmente la ganamos ac\u00e1 en el Tribunal Laboral de San Felipe, obteniendo una sentencia favorable para los tres, tanto para Gast\u00f3n Hern\u00e1ndez, \u00a0Carmen Gloria Olivares y Claudio Nail\u201d,<\/em> \u00a0sostuvo.<\/p>\n<p>Respecto de los montos, el abogado dijo que \u00a0se conden\u00f3 a la municipalidad a pagar el equivalente a 11 remuneraciones a cada uno de ellos: <em>\u201cEn el caso de Gast\u00f3n, la municipalidad no present\u00f3 un recurso de nulidad en el Tribunal Laboral para que esto se viera a trav\u00e9s de ese recurso en la Corte de Apelaciones, por lo tanto en el caso de Gast\u00f3n tuvieron que pagar alrededor de 11 a 12 millones de pesos, no recuerdo muy bien el monto, esto fue a fines del a\u00f1o 2017; y respecto a la causa de Carmen Gloria Olivares y Claudio Nail, esto se fue a la Corte de Apelaciones con un recurso de nulidad presentado por la municipalidad, en el cual ellos tuvieron una derrota categ\u00f3rica en dicho tribunal, obteniendo nosotros una segunda sentencia favorable y ratificando que efectivamente los funcionarios fueron despedidos con vulneraci\u00f3n a sus derechos, principalmente por una discriminaci\u00f3n hacia estos funcionarios\u201d,<\/em> indic\u00f3.<\/p>\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que la municipalidad present\u00f3 un recurso de unificaci\u00f3n de jurisprudencia, <em>\u201cque es la sentencia que sali\u00f3 el d\u00eda de ayer (23) notificada, se elevaron estos autos a la Corte Suprema, se realizaron todos los alegatos, no hab\u00eda ning\u00fan tr\u00e1mite pendiente y la municipalidad presenta un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en el TC, esgrimiendo que las normas aplicadas en el caso de los trabajadores no eran legales y que no correspond\u00eda utilizar dichas normas del C\u00f3digo del Trabajo para funcionarios que se rigen por el estatuto administrativo. No obstante el mismo c\u00f3digo del trabajo dice que actuar\u00e1 de forma supletoria cuando el estatuto administrativo no presentara una norma que pueda garantizar si se vulneraron los derechos de los trabajadores funcionarios municipales. Efectivamente la Municipalidad obtuvo una sentencia favorable en el TC, el tema es que esta sentencia de fecha 22 se hace cargo de la sentencia del TC en el sentido que dice no habiendo temas pendientes respecto del tema de unificaci\u00f3n presentado por la Municipalidad, y que tampoco corresponde que una sentencia constitucional de este tipo, siempre, aunque sea favorable, no siempre va a tener efectividad en un caso determinado, que es lo que explica la sentencia de unificaci\u00f3n de jurisprudencia que finalmente rechaza dos cosas, rechaza la unificaci\u00f3n de jurisprudencia porque no ten\u00edan argumento, y las sentencias que presentaron para compararlas con otros dichos tratando de rebatir la posible sentencia de la Corte Suprema, eso se desestim\u00f3 por completo y tambi\u00e9n se encarg\u00f3 de dejar claro que la sentencia del TC no aplica este caso de ninguna forma\u201d,<\/em> indic\u00f3 Cortez.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>O sea se rechaz\u00f3 en el fondo y ahora se tienen que cancelar los dineros, \u00bfeso es en la pr\u00e1ctica?<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Efectivamente, ahora los pasos a seguir es que la Corte Suprema tiene que bajar los autos, la causa, a la Corte de Apelaciones, y a su vez la Corte de Apelaciones remita los antecedentes al tribunal de primera instancia que es el juzgado del trabajo de la comuna de San Felipe, para comenzar con los tr\u00e1mites del cobro de los montos indicados. Aproximadamente en el caso de don Claudio Nail son cerca de 23 a 24 millones de pesos; de do\u00f1a Carmen\u00a0 Gloria como 14-15 millones de pesos, m\u00e1s los 12-13 millones de pesos en su momento por Gast\u00f3n Hern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>\u00bfLa municipalidad ha sido notificada?<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; S\u00ed, la municipalidad fue notificada de este fallo ayer (23-12-19), como a las ocho y media de la ma\u00f1ana. A m\u00ed me lleg\u00f3 media hora despu\u00e9s, como con cuarenta minutos de desfase la \u00a0notificaci\u00f3n, pero s\u00ed, ellos est\u00e1n notificados por la Corte Suprema del fallo. En el estado diario ellos tienen pleno conocimiento que ahora tienen una obligaci\u00f3n para con estos ex funcionarios que fueron despedidos, insisto, discriminados y despedidos arbitraria e injustificadamente.<\/p>\n<p>Consultada <strong>Carmen Gloria Olivares<\/strong>, atin\u00f3 a decir solamente: \u201c\u00a1Justicia divina!\u201d, porque no se explicaba el despido si estaba haciendo bien su trabajo.<\/p>\n<p>El abogado dijo que este es un fallo \u00fanico en Chile, que viene a sentar precedente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<figure id=\"attachment_96256\" aria-describedby=\"caption-attachment-96256\" style=\"width: 580px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-96256\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?resize=580%2C358\" alt=\"Marco Cortez Llopis, abogado de los ex funcionarios despedidos.\" width=\"580\" height=\"358\" srcset=\"https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?w=580&amp;ssl=1 580w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?resize=300%2C185&amp;ssl=1 300w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?resize=200%2C123&amp;ssl=1 200w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?resize=243%2C150&amp;ssl=1 243w, https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?resize=400%2C247&amp;ssl=1 400w\" sizes=\"auto, (max-width: 580px) 100vw, 580px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-96256\" class=\"wp-caption-text\">Marco Cortez Llopis, abogado de los ex funcionarios despedidos.<\/figcaption><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fallo \u00fanico en Chile viene a sentar precedente: Corte Suprema condena a municipio a pagar casi 40 millones de pesos a dos ex funcionarios que fueron despedidos vulnerando sus derechos La Corte&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":482,"featured_media":96256,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-96255","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cronica"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Marco-Cortez-llopis-abogado.jpg?fit=580%2C358&ssl=1","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"jetpack-related-posts":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/96255","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/482"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=96255"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/96255\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/96256"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=96255"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=96255"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/eltrabajo.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=96255"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}