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Prestadores de servicios turísticos pueden inscribirse en Registro Nacional Sernatur

Publicado el 20 junio 2013
Empresarios del rubro de Alojamiento y Turismo Aventura deben acercarse al Departamento de Desarrollo Productivo en el área de Turismo de la Municipalidad de San Felipe, en Ducó N° 1050, ex Escuela Hogar.
Empresarios del rubro de Alojamiento y Turismo Aventura deben acercarse al Departamento de Desarrollo Productivo en el área de Turismo de la Municipalidad de San Felipe, en Ducó N° 1050, ex Escuela Hogar.
  • Área Turismo del Departamento de Desarrollo Productivo del municipio de San Felipe está colaborando con la inscripción.

Con el objetivo de promover y desarrollar la actividad turística, el Servicio Nacional de Turismo, Sernatur, está realizando un llamado a inscribirse a todos quienes no se encuentren en el Registro Nacional de prestadores de Servicios Turísticos, documento que busca ordenar, transparentar y agrupar los servicios turísticos de todo el país y así presentarlos como imagen de calidad a los turistas extranjeros.

En esa misión está colaborando el Departamento de Desarrollo Productivo en el área de Turismo dependiente de la Municipalidad de San Felipe, que se encuentra ubicado en Ducó N° 1050 (ex Escuela Hogar) y hasta donde deben acercarse los empresarios del rubro de Alojamiento y Turismo Aventura. En el caso de que se trate de una persona natural, debe presentar la fotocopia de la Cédula de Identidad, la carpeta tributaria y la patente comercial. En tanto si se trata de una persona jurídica, se debe presentar la fotocopia del Rol Comercial, la carpeta tributaria y un documento que acredite la personería del representante legal y la fotocopia de la cédula de identidad y la patente comercial.

Una vez realizado el registro, el empresario podrá optar a certificarse y después a obtener el Sello Q de Calidad Turística. Este Sistema de Certificación de Calidad busca aumentar la satisfacción de los turistas, asegurándoles un servicio de calidad, acorde a sus expectativas para así aumentar el flujo de visitantes al servicio certificado.

Si no se realiza este registro, y por tanto no se cumple con la normativa, Sernatur realizará una notificación al dueño del establecimiento para que cumpla con la obligatoriedad en un determinado plazo, ya que los alojamientos turísticos y los servicios de turismo aventura que no se registren podrán ser sancionados con multas.

Este trámite, que es gratuito y rápido, se completa un formulario en línea y los empresarios lo pueden realizar a través del link www.calidadturistica.cl/registro-de-empresarios/

En tanto, a partir del 24 de junio de 2013 comenzará la obligatoriedad de registro para los servicios de alojamiento turístico y de turismo aventura.

 

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