El arduo trabajo desarrollado por el OS-7 Aconcagua, durante 8 meses permitió la captura de estos dos individuos y ahora, su condena por el delito de Tráfico.
El arduo trabajo desarrollado por el OS-7 Aconcagua, durante 8 meses permitió la captura de estos dos individuos y ahora, su condena por el delito de Tráfico.
  • Un funcionario de la Escuela de Montaña con domicilio en San Felipe, prestaba servicios a conocida traficante para efectos de comprar y distribuir la droga, labor estratégica, ya que ante un eventual control policial podía evadirlo señalando que era militar.

Pasado el mediodía de ayer, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe dio a conocer la sentencia condenatoria de cinco años de cárcel para el ex-cabo 1º del Ejército, Jorge Contreras, por su responsabilidad en el delito de Tráfico de pasta base, así como a una mujer identificada como Carolina Lizana, de 23 años, quien también tiene responsabilidad en calidad de autor, de este ilícito. La información la entregó el fiscal a cargo del caso, Julio Palacios, quien recordó que la detención de estos dos sujetos data del mes de abril de 2013, cuando estos dos individuos regresaban de la provincia de Quillota en un automóvil de propiedad de Contreras, portando al interior del vehículo un total de cinco kilos de pasta base de cocaína.

Julio Palacios, fiscal a cargo de la investigación por el delito de Tráfico de drogas, cometido por Jorge Contreras y Carolina Lizana.
Julio Palacios, fiscal a cargo de la investigación por el delito de Tráfico de drogas, cometido por Jorge Contreras y Carolina Lizana.

 

LOS HECHOS

Como se recuerda, la tarde del domingo 14 de abril, personal del OS-7 de Carabineros de Aconcagua en un control realizado en el retén de Panquehue, concretó la detención por el delito de Tráfico de drogas, de una mujer identificada como Carolina Lizana de 23 años, y el Cabo Primero del Ejercito, Jorge Contreras, de 34 años, ambos con domicilio en Villa Juan Pablo II de San Felipe. La mujer figuraba como dueña de la droga incautada y distribuidora a diferentes micro traficantes de las provincias de San Felipe, Los Andes y otros puntos de la región. El militar detenido estaba a cargo de trasladar a la traficante, lo que facilitaba el desplazamiento de ambos en caso de control policial, ya que él podía indicar de inmediato que era funcionario del Ejército, específicamente de la Escuela de Montaña.

En el operativo junto a la detención de Carolina Lizana y Jorge Contreras, Carabineros incautó 5.98 kilos gramos de pasta base de cocaína, equivalente a 25.000 dosis; 10,500 gramos miligramos de marihuana; 48 dosis de fármacos, dos automóviles y dinero en efectivo.

 

EL JUICIO

Los dos sujetos han permanecido bajo la cautelar de Prisión Preventiva durante todo este tiempo, el pasado 23 de enero se llevó a efecto el juicio oral en su contra, oportunidad en la que se entregaron los argumentos, testimonios y pruebas que acreditan la participación de ambos en el delito de Tráfico de drogas.

Durante el juicio, se pudo acreditar por ejemplo que Jorge Contreras recibía dinero por los servicios de traslado a Carolina Lizana, para efectos de compra y distribución de la droga.

«Son varios meses de investigación, hasta que se llegó a juicio, entregándose la lectura de sentencia este miércoles. El tribunal condenó a ambos a la pena de seis años de Presidio Efectivo, sin derecho a beneficio, más multa de 20 UTM a Carolina Lizana; y a cinco años y un día de Presidio Efectivo, sin derecho a beneficio, más multa de 20 UTM y el comiso del automóvil que el conducía el día de ocurrida la detención», señaló a Diario El Trabajo el Fiscal Julio Palacios.

Señaló el fiscal que el período en que han permanecido ambos bajo la cautelar de prisión preventiva, les será sumado para el cumplimiento de la condena, por lo que ambos tienen un abono de 9 meses. Añadió que para ambos individuos, el Ministerio Público estaba pidiendo una pena de doce años de cárcel, no obstante existe conformidad por el dictamen del Tribunal de Juicio Oral, señalando que en este caso se reconocen circunstancias atenuantes que en definitiva, permiten una rebaja en la pena.

El Fiscal Palacios manifestó que en el caso del Cabo 1º de la Escuela de Montaña, él fue desvinculado de las filas del Ejército y la pena decretada por el tribunal establece además, que queda inhabilitado para ejercer cargos públicos.

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