LOS ANDES.- El Tribunal de Juicio Oral de Los Andes condenó a una pena única de 16 años de cárcel, al Cabo 1º de dotación del Regimiento Reforzado Yungay, José Luis Hernández Paredes (37), quien fue declarado culpable de uno de los dos delitos de Violación impropia, Abuso Sexual y Exhibición de material pornográfico, por los que fue acusado por el Ministerio Público en perjuicio de dos niñas, hijas de sus colegas militares.
En la sentencia leída la tarde del lunes, el tribunal absolvió al militar de uno de los delitos de Violación por los que había sido acusado y por los cuales se encontraba en Prisión Preventiva desde el año 2013 en una unidad de Policía Militar de Santiago.
LOS HECHOS
Las denuncias fueron hechas por los padres de las niñas a mediados del año 2012 y debido a que los ultrajes fueron cometidos en el interior de un dormitorio de la casa que el regimiento le facilitaba al Cabo a un costado de la unidad militar en Calle General del Canto, en primera instancia fue conocida por la Fiscalía Militar.
El uniformado confesó al fiscal militar estos hechos y a partir de julio de 2012 quedó privado de libertad en el Regimiento de Policía Militar de Santiago. El caso fue investigado por la Brigada de Delitos Sexuales de la PDI de Los Andes, por instrucciones del tribunal castrense, el cual finalmente se declaró incompetente por estar fuera de la esfera estrictamente militar.
De esta forma los antecedentes recabados por la PDI y los informes periciales llegaron a manos de la fiscalía local de Los Andes en julio de 2013, tras lo cual se llevó a cabo la formalización.
NIÑAS CHICAS
El uniformado comenzó con los ultrajes a las víctimas cuando estas tenían seis y siete años respectivamente, siendo la segunda a la que sometió a abusos por espacio de cinco años. El militar llevaba a las menores hasta su habitación, en donde les efectuaba tocaciones en sus partes íntimas, les daba besos en la boca y en algunas ocasiones les mostraba películas pornográficas o de anime erótico.
Asimismo, las obligaba a que le practicaran sexo oral y a fin de que no contaran lo que ocurría les daba regalos. De acuerdo a la carpeta investigativa, las violaciones eran cometidas cuando ambas menores quedaban a su cuidado y el de su mujer, pero particularmente cuando quedaban solas con el imputado, ya que ellas eran hijas de funcionarios.
Durante el juicio el Ministerio Público logró acreditar la participación del imputado en una de las violaciones que fue por la que finalmente resultó condenado. No obstante, la fiscalía había pedido una pena Perpetúa Simple por ambos delitos, la cual se vio rebajada por las circunstancias atenuantes objetivas que favorecían al uniformado.
En la sentencia se estableció que el la huella genética del militar será incluido dentro de la base de datos de condenados por delitos sexuales y durante los diez años posteriores al cumplimiento de pena, deberá informar cada tres meses su domicilio a Carabineros.