PROBLEMA VECINAL.- Así luce el condominio Nº 211, en Departamentos La Parrasía.

PROBLEMA VECINAL.- Así luce el condominio Nº 211, en Departamentos La Parrasía.

  • Demás copropietarios al parecer se oponen a solicitud:

Un matrimonio de adultos mayores, don Jorge Guerra y doña Berta Carvajal, recientemente compraron el apartamento Nº 14 en el primer piso del condominio 211 ubicado en Departamentos La Parrasía. Según lo que explicaron estas personas a Diario El Trabajo, ellos no cuentan con un tendedero de ropa, por lo que tienen que exponer hasta su ropa íntima a la intemperie, por donde la gente pasa de día y de noche, ya que otros inquilinos y propietarios de ese condominio no están de acuerdo en que ellos instalen una reja metálica para cerrar un pequeño jardín.
«Es una situación muy incómoda, si instalamos esta reja metálica, en nada afecta al público ni a mis vecinos. Fuimos al Municipio a preguntar, una empleada de la Dirección de Obras nos dijo que no había problema, que construyéramos la reja, sin embargo el alcalde nos informó que no se podía, los vecinos aquí en el departamento tampoco nos permiten instalarla, queremos que alguien nos ayude, ya compré el apartamento y tampoco lo podemos vender», nos comentó don Jorge.
Diario El Trabajo hizo una visita a dicho departamento, para conocer de cerca la situación de estos adultos mayores, también hablamos con algunos vecinos, y efectivamente ellos se oponen a que se instale alguna reja en el jardín del inmueble, situación en la que aparentemente nadie puede intervenir, ya que supuestamente deben estar todos los ocupantes de acuerdo.

MUNICIPIO RESPONDE
Nuestro medio habló también ayer lunes con el arquitecto Claudio Díaz, director del Departamento de Obras de la Municipalidad de San Felipe, funcionario que fue categórico al señalar la imposibilidad que estos vecinos tienen de intervenir el inmueble donde habitan.
Este caso tiene que ver con la Ley 19.537 de Propiedad Inmobiliaria, esta es una normativa nacional y rige las condiciones de propiedad y copropiedad de los edificios de departamentos, en este caso puntual estamos hablando del Tipo A, lo que significa que todos los habitantes del edificio son dueños de los terrenos, no hay ningún terreno de carácter individual, no pertenece a una sola persona, pertenece a la copropiedad, por lo tanto los vecinos, cuando compran un departamento, lo que compran es la unidad de ese departamento.
– ¿Cuál es la situación legal en este caso en particular?
– En esta estructura que cada vecino ha comprado, hay una parte que es de bien común, la cual no puede ser intervenida por el propietario de un determinado departamento (…) o sea, yo por ser el dueño de un apartamento en el primer piso tendría el derecho a picar muros, alterar la estructura, ahí lo que opera es el bien común, dicho esto, lo que queda claro es que los terrenos no son propiedad de los vecinos, ni siquiera del vecino del primer piso, el vecino del primer piso no tiene ningún derecho prioritario en comparación al resto de los vecinos.
– ¿Doña Berta y don Jorge entonces no pueden instalar su reja?
– Cualquier intervención al terreno que un vecino quiera hacer, tiene que estar visado y validado por el resto de vecinos, la Ley 19.537 de Propiedad Inmobiliaria determina con propiedad qué cantidad de vecinos tienen que pronunciarse respecto de considerar una decisión de mayoría, porque tampoco tiene que ser el 100%.
– ¿Cómo debe entonces funcionar esta convivencia en este condominio?
– La Ley estipula para la administración de un espacio común, que el manejo íntegro de este espacio esté ya resuelto por medio de un comité de copropietarios, que lo constituyen los mismos vecinos, sometido a un formato de esta ley (…) en el que se establece cuántos son los vecinos que se tengan que pronunciar para estos efectos, lo que varía entre un 75% y 80%, por tanto, si es aprobado por mayoría, aunque algunos se opongan, se asume que hay una intencionalidad de mayoría respecto al tema.
– ¿Quién es entonces la autoridad capaz de mediar en estos problemas, cuando no hay acuerdos entre los vecinos?
– La autoridad competente para solucionar estos temas es el Juez de Policía Local, no el Municipio ni la Dirección, a él le compete revisar el cumplimiento de la Ley de Propiedad Inmobiliaria y las disputas que puedan aparecer entre los vecinos.
Roberto González Short

Arquitecto Claudio Díaz, Director del Dirección de Obras de la Municipalidad de San Felipe.

Arquitecto Claudio Díaz, Director del Dirección de Obras de la Municipalidad de San Felipe.

ABUELOS DESANIMADOS.- En el pequeño jardín junto a su departamento, estos vecinos no pueden instalar una reja para su seguridad.

ABUELOS DESANIMADOS.- En el pequeño jardín junto a su departamento, estos vecinos no pueden instalar una reja para su seguridad.

A TENER PACIENCIA.- Doña Berta y don Jorge no preguntaron sobre la ‘letra chica’ al momento de comprar este departamento, en La Parrasía.

A TENER PACIENCIA.- Doña Berta y don Jorge no preguntaron sobre la ‘letra chica’ al momento de comprar este departamento, en La Parrasía.

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Demás copropietarios al parecer se oponen a solicitud: Un matrimonio de adultos mayores, don Jorge Guerra y doña Berta Carvajal, recientemente compraron el apartamento Nº 14 en el primer piso del condominio 211 ubicado en Departamentos La Parrasía. Según lo que explicaron estas personas a Diario El Trabajo, ellos...