Ramiro Castillo Muñoz fue condenado a la pena de 5 años por el delito de homicidio simple de ‘El Rucio’.

Ramiro Castillo Muñoz fue condenado a la pena de 5 años por el delito de homicidio simple de ‘El Rucio’.

La intachable conducta anterior y la colaboración sustancial dentro del marco de la investigación, prevalecieron para los Magistrados del Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe, para condenar a cinco años y sin goce de beneficios a Ramiro Castillo Muñoz por el delito de homicidio simple de Luis Leiva Mallea apodado ‘El Rucio’ al interior de la villa 250 Años de San Felipe.
Asimismo, los jueces desestimaron las acciones legales que perseguía el abogado querellante José Villagrán, representante de la familia del asesinado Luis Leiva Mallea, padre de tres pequeños hijos; que pretendía obtener una condena por homicidio calificado de acuerdo a los planteamientos que se debatieron durante el juicio junto a la Fiscalía.
Como se recordará, en los fundamentos de la acusación durante el juicio, encabezada por el Fiscal Eduardo Fajardo, se expuso que el día 28 de noviembre de 2013 se generó una batalla campal entre vecinos en la villa 250 Años de San Felipe. El relato de testigos, peritos forenses y funcionarios policiales que estuvieron involucrados en la investigación, dan cuenta de lo que sucedió aquel día, cuando una discusión entre mujeres enardeció a los residentes de la villa, dando lugar a atentados que culminaron con una persona muerta, heridos, automóviles y viviendas incendiadas; eventos que descontrolaron a la Policía en su esfuerzo por restablecer el orden y seguridad en ese sector, por lo que, incluso tuvo que intervenir el Grupo de Operaciones Policiales Especiales de Carabineros, Gope, de Valparaíso.
El debate de estos hechos concluyeron que Ramiro Castillo Muñoz, residente del pasaje Eucaliptus de la villa 250 Años, manipuló una escopeta, apuntó sobre el cuerpo de Luis Leiva Mallea de 31 años de edad, disparando un certero en el tórax, el que, tras caer desplomado, falleció a los pocos minutos cuando era trasladado por familiares hasta el Hospital San Camilo de San Felipe.
Castillo Muñoz fue detenido por el personal de la Sección de Investigación Policial, SIP, de Carabineros de San Felipe, cuando se encontraba en casa de su vecino, Roberto Carlos Torres Torres alias ‘El Mitón’, lugar donde fue incautada el arma homicida y una gran cantidad de municiones desde el interior.
Posteriormente, en horas de la madrugada del día siguiente, en venganza por la muerte de ‘El Rucio’, los enfrentamientos entre vecinos se incrementaron, en donde se registraron tres vehículos incendiados y algunas viviendas dañadas por las llamas, conflictos que impedían el acceso de los voluntarios de Bomberos que debieron ser custodiados por Carabineros para lograr controlar los focos de incendio que habían dentro del sector. Sumado a lo anterior, los vecinos invadieron la propiedad de Ramiro Castillo para desmantelarla completamente, apoderándose de todos sus bienes materiales.
Tras la condena de Ramiro Castillo a 5 años de cárcel, el capítulo de este crimen se cierra sobre la primera etapa de la investigación de este homicidio cuando en el mes de septiembre del año pasado, en juicio abreviado en el Juzgado de Garantía de San Felipe, Roberto Torres Torres y su cónyuge Massiel Calderón Ávila, fueron condenados a 541 días de Presidio menor por Homicidio en grado de encubridores por la muerte de Luis Leiva Mallea. Adicionalmente Torres Torres fue condenado a 541 días de presidio por el delito del secuestro de uno de los testigos protegidos de la Fiscalía; 541 días por Tenencia ilegal de arma de fuego y el pago de 11 Unidades Tributarias Mensuales por el delito de Tenencia ilegal de municiones.
En este sentido, el Fiscal Jefe Eduardo Fajardo, señaló a Diario El Trabajo, que pese a que perseguía una pena de 10 años por este crimen, no comparte en algunos aspectos, la decisión del tribunal, aunque existen claros fundamentos que se encontraban dentro de las posibilidades que se aplicaron al hoy sentenciado.
“El tribunal hizo valer las atenuantes de irreprochable conducta anterior y el tribunal reconoció la colaboración sustancial, circunstancias que no estábamos de acuerdo en ese último aspecto. Los jueces en una resolución bien desarrollada, justificó la colaboración que le benefició la rebaja de la pena en un grado. Ahora lo bueno dentro del grado rebajado se aplicó el máximo sin beneficios, entonces bajo ese punto de vista nos deja un poco más tranquilos, conformes en el sentido que se condenó de acuerdo a los testimonios de testigos presenciales que así lo decían y segundo que no le hayan concedido beneficios para que cumpliera efectivamente la condena que no la compartimos pero estaba dentro de las posibilidades” afirmó el persecutor jefe de la Fiscalía de San Felipe.
Pablo Salinas Saldías

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