Pamela Herrera, directora de salud municipal.
Pamela Herrera, directora de salud municipal.
  • Directora de Salud Municipal Pamela Herrera resalta garantías que contempla la ley, en favor de los usuarios del sistema.

Destacando la importancia de la normativa contextualizada en la Reforma de Salud, la directora de salud municipal Pamela Herrera, manifestó que los centros de atención municipal, darán pleno cumplimiento a la ley de derechos y deberes de los pacientes Nº 20.584, que entró en vigencia esta semana. La profesional manifestó que hace bastante tiempo que los equipos municipales de salud estaban en sintonía con esta nueva forma de brindar atención de salud, la que hoy está consagrada en un cuerpo legal.

En este sentido, Pamela Herrera relevó tres conceptos que fueron enfatizados también por el Ministro de Salud Jaime Mañalich. «Lo que dice relación con que los usuarios del sistema público y privado de salud, a partir de la vigencia de esta ley, deberán sentirse con mayor confianza en la atención que se les está entregando. Lo segundo dice relación con la confidencialidad de todas aquellas materias vinculadas a su salud y que esté en manos de los equipos profesionales y del establecimiento», refirió.

Como tercer punto, la directora de salud municipal señaló que en lo referido al consentimiento, a partir de la puesta en vigencia de esta ley, no se podrá realizar ningún procedimiento sobre el cual el paciente o usuario, no esté plenamente informado y además que entregue su consentimiento.

«Los derechos de los pacientes que están traducidos en lo que es la ley y en la amplitud de ella, dicen relación primero con la seguridad del paciente, que deberá recibir una atención con el máximo de calidad. Lo segundo se refiere al trato digno, en términos de que los usuarios deben ser tratados de la mejor forma, en tanto que no pueden ser expuestos a fotografías, videos, sin el consentimiento por escrito de los usuarios y los pacientes», señaló la directora.

El derecho a tener compañía y asistencia es otro punto que resaltó Pamela Herrera. Lo anterior, por cuanto si los pacientes piden apoyo espiritual o religioso, deben tenerlo. «Y en el campo de la atención primaria –agregó- aquellos pacientes que estén recibiendo atención primaria y requieran apoyo espiritual, los equipos de salud deben ser vehículo para que puedan obtenerla».

La profesional señaló que hace pocos días los equipos de salud concluyeron una extensa capacitación, que contempló ocho horas durante las cuales se abordó cada uno de los acápites de la ley, en tanto que cada uno de los funcionarios ha firmado el conocimiento que tiene del cuerpo legal, «por lo tanto hemos hecho difusión de esta ley, hace más de tres meses».

Toda persona podrá reclamar el cumplimiento de los derechos que esta ley le confiere ante el prestador institucional, el que deberá contar con personal especialmente habilitado para este efecto y con un sistema de registro y respuesta escrita de los reclamos planteados. El prestador deberá adoptar las medidas que procedan para la acertada solución de las irregularidades detectadas.

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