San Felipe, Los Andes, Putaendo y Santa María avanzan a Fase 2 del Plan Paso a Paso a contar de este jueves a las 5 de la mañana. Así lo indicó la doctora Paula Daza, subsecretaria de Salud Pública en su reporte de los días lunes.
«Los avances ocurren a partir del día jueves a las 5 de la mañana; avanzan a Transición en la Región de Valparaíso; San Felipe, Los Andes, Putaendo y Santa María», señaló la autoridad.
FASE 2 (MAYO 2021)
– ¿Qué está prohibido hacer en Comunas en Fase 2?
- Las reuniones en residencias particulares de más de 5 personas y cualquier evento o reunión durante el horario de toque de queda, o los sábados, domingos y festivos.
- Las actividades con público.
- La atención de público en restaurantes o cafés en espacios cerrados.
- El funcionamiento de lugares deportivos cerrados y gimnasios.
- El consumo de alimentos en lugares cerrados de centros comerciales.
- El funcionamiento de Clubes de Adultos Mayores y Centros de día de Adultos Mayores.
- El funcionamiento de pubs, discotecas y lugares análogos.
– ¿Qué puedo hacer en Fase 2 de Transición?
- Todos, incluidos los mayores de 75 años, pueden salir de lunes a viernes, pero no ir a lugares en cuarentena.
- Debes quedarte en casa los fines de semana y los feriados, días en que solo podrás salir con un permiso individual que puedes obtener en comisariavirtual.cl (1 permiso por fin de semana).
- Debes respetar el toque de queda, que implica que no puedes salir entre las 22:00 y las 05:00 horas salvo que tengas un salvoconducto por emergencia médica o funeral.
- Puedes ir a trabajar si es que trabajas en un lugar que no esté en cuarentena, a no ser que sea servicio esencial, y tengas un permiso de desplazamiento colectivo o un permiso único colectivo.
- Asistir a actividades presenciales de educación: salas cuna, educación parvularia, básica y media, pero solo de lunes a viernes.
- Asistir a restaurantes, sólo en terrazas o espacios al aire libre y en grupos de máximo 4 personas.
- Realizar actividad deportiva de lunes a viernes, en espacios abiertos, en grupos de máximo 10 personas. Los gimnasios pueden funcionar con las máquinas y actividades en el exterior. Los fines de semana y festivos, sólo en la banda horaria de 05:00 a 10:00 hrs., y sin usar auto o transporte público.
- Tener reuniones sociales en residencias particulares con máximo 5 personas en total, y solo de lunes a viernes. Intenta no tener reuniones con más de un mismo grupo a la semana.
- Participar en eventos o actividades con público: si la actividad es con ubicación fija de los asistentes y sin consumo de alimentos, pueden ser hasta 20 personas en lugares al aire libre y 10 personas en lugares cerrados, sólo de lunes a viernes. Lo anterior incluye oficios religiosos. Si la misma actividad considera consumo de alimentos, sólo pueden ser 10 personas al aire libre. No permitidas en residencias particulares.
- Residentes de Centros Sename pueden salir con autorización y supervisión. También se permiten visitas de vínculos significativos. Los fines de semana pueden salir a realizar actividades al aire libre en la banda horaria de 05:00 a 10:00 horas, con autorización y supervisión.
- Residentes de Eleam pueden salir a caminar todos los días por máximo 2 horas, y pueden recibir visita de 2 personas, 2 veces a la semana.
- Cada vez que salgas, con la autorización correspondiente, debes usar mascarilla, mantener la distancia física y recordar medidas como lavado de manos o uso de alcohol gel.
– ¿Qué puede funcionar en comunas en Fase 2?
- Farmacias, supermercados y otros lugares de abastecimiento de alimentos y productos básicos, centros de salud y establecimientos de servicio público.
- Comercio y otras actividades no esenciales que puedan funcionar con trabajadores que vivan en una comuna sin cuarentena.
- Actividades presenciales en salas cuna y establecimientos de educación parvularia, básica y media, de lunes a viernes.
- Atención de público en restaurantes sólo en espacios abiertos, con 2m. lineales entre mesas (bordes).
- Gimnasios o lugares de actividad deportiva, pero sólo con actividades en el exterior o espacios abiertos.
- Actividades con público, respetando los aforos máximos y las condiciones de acuerdo al tipo de evento.
- Todo lo que funcione, debe ser siguiendo los protocolos establecidos.
1.- Se limitan las actividades esenciales
- Se eliminan algunos giros por quince días, tras lo cual se evaluará su continuidad, de acuerdo a las cifras de la pandemia. Entre los giros que se eliminarán se encuentra:
– Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir, calzado en comercio especializado, la venta al por mayor de perfumes, tocador y cosméticos, entre otros.
- Se restringirá la definición de bienes esenciales de uso doméstico:
– Definición actual: «Son aquellos bienes que tienen por fin ser utilizados o consumidos por las personas dentro del domicilio y aquellos necesarios para la existencia, estabilidad, conservación y seguridad del mismo».
– Nueva definición: Bienes y Servicios Esenciales de Uso Doméstico: «Son aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en fase 1 ó 2 del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia (alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal), el teletrabajo, la educación a distancia y la conservación y seguridad del inmueble».
2.- Se limitan los productos comercializados en supermercados en comunas en fase 1 y 2
En atención a la nueva definición de bienes y servicios esenciales de uso doméstico, se limitará en las comunas que estén en fase 1 y 2 (fin de semana) del Plan Paso a Paso la venta de algunos artículos en el comercio que no califiquen en la nueva definición (incluidos supermercados).
3.- Los comercios deberán exigir el permiso de desplazamiento general o PUC de Mayorista esencial a aquellas personas que deseen ingresar a los mismos.
4.- Se limitará el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos. Para ello:
- Se incorporará dentro de las definiciones del Plan Paso a Paso el alcance o definición de trabajador esencial o imprescindible:
– «Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización. Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga».
Se incorporará al Permiso Único Colectivo la obligatoriedad de informar:
- El total de trabajadores de la empresa (contratados o que prestan servicios a esta).
- El número de trabajadores o prestadores de servicios que considera esenciales y para los cuales se las solicita PUC.
- La labor del trabajador considerado esencial y para el que se solicita permiso (labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización).