MUY OFENDIDA.- Mabel Tapia, apoderada y madre de ‘Vicente’, asegura que se siente muy ofendida.

MUY OFENDIDA.- Mabel Tapia, apoderada y madre de ‘Vicente’, asegura que se siente muy ofendida.

Afirmando que su hijo fue expulsado sin explicación ni justificación alguna del Colegio Pumanke por su director, Nelson Jarpa, visitó la Sala de Redacción de Diario El Trabajo la madre del menor Mabel Tapia Urrutia, quien aseguró a nuestro medio que tampoco le han entregado los papeles para poder matricular a su pequeño en otro centro educativo.

«Mi hijo Vicente fue expulsado del Colegio Pumanke sin motivo ni razón, pues él nunca ha tenido problemas en clases, el director simplemente de un día para otro me deja al niño sin matrícula sin darme una respuesta, yo he solicitado una entrevista con él pero se ha negado a brindarme atención», señaló Tapia.

EL DIRECTOR.- Nelson Jarpa Montero, Director del Colegio Pumanque.

EL DIRECTOR.- Nelson Jarpa Montero, Director del Colegio Pumanque.

Mabel comentó además, que su hijo no tiene problemas de calificaciones, su rendimiento es adecuado y en convivencia tampoco registra ningún reporte.

«Aquí también veo algo absurdo, pues llego a pedir los papeles de mi hijo, pues ya fue expulsado del colegio y la secretaria me dice que no me tiene los papeles, porque ‘yo no los he pedido’, por Dios, si me lo están expulsando lo más obvio es que deban entonces prepararme todos sus papeles para yo poder matricularlo en otra escuela, pero no me los dan, me siento bastante molesta con el accionar del colegio. Siempre he estado al día con mis pagos», agregó Mabel a Diario El Trabajo.

 

CAMBIO DE APODERADO

Nuestro medio habló con Nelson Jarpa Montero, Director del Colegio Pumanque.

– ¿Sabe usted que fueron denunciados por esta apoderada?

– «A la denuncia de esta apoderada, que está en la Superintendencia de Educación, ya dimos respuesta hace un par semanas, por lo que sospecho que lo único que esta apoderada busca es afectar nuestra imagen institucional, por lo cual estaremos muy pendientes por las eventuales calumnias e injurias que ella pueda emitir a través de Diario El Trabajo».

– ¿Por qué ustedes desvinculan al niño del colegio?

– «En relación a nuestro accionar, quiero aclarar que nuestra relación colegio-apoderado, está contemplado dentro del marco de un Contrato por Prestación de Servicios, en donde de mutuo acuerdo, las partes firmamos, en ese contrato se contemplan las posibles causales para dar por finalizado el mismo».

– ¿Qué problema representa el niño para que se le impida seguir estudiando?

– «Aquí hay que ser claros en esto: el problema no es con el niño, el estudiante está muy bien, aquí lo que está en cuestión es la calidad del Apoderado, aquí lo que pasa es que la apoderada no quiere reconocer el contrato que ella firmó, en donde aceptamos que ambas partes podremos desvincularnos la una de la otra si así nos parece, que es lo que estamos haciendo nosotros como colegio».

– ¿Por qué ustedes deciden terminar este contrato?

– «La razón para dar por terminado este contrato, es porque la apoderada ha generado injurias, calumnias, faltas de respeto a otros apoderados de Segundo Básico, ella los increpa si de alguna manera algunos de los estudiantes entra en conflicto con su hijo, lo que nos está generando problemas, si se cambia de Apoderado, el niño puede seguir en nuestro colegio».

NO MÁS.- En este documento s ele comunica a la apoderada que el contrato fue dado por terminado hoy 31 de diciembre.

NO MÁS.- En este documento s ele comunica a la apoderada que el contrato fue dado por terminado hoy 31 de diciembre.

ARTÍCULO 7

7º- Las partes acuerdan poner término al presente contrato por alguna(s) de las siguientes causales:

A.- Retiro voluntario del o los alumnos.

B.- Incumplimiento grave del Reglamento de Convivencia del Colegio, por parte del alumno, no habiendo estado su matrícula condicional.

C.- Incumplimiento menos grave o grave del Reglamento de Convivencia del Colegio, por parte del alumno, estando su matrícula condicional.

D.- Falta de cancelación de las mensualidades obligatorias, sólo al término del año escolar.

E.- Incumplimiento grave del Reglamento Interno de Evaluación respecto del promedio mínimo de notas anual establecido para renovación de matrícula, sólo al término del año escolar.

F.- Vencimiento del plazo estipulado en el contrato.

Roberto González Short

rgonzalez@eltrabajo.cl

 

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