Muerte de Danilo Cárdenas en Peaje Las Vegas:
Este miércoles 29 en audiencia fijada en el Tribunal de Garantía de San Felipe, a las 09:00 horas, se comunicó formalización de investigación por homicidio consumado y apremios ilegítimos con resultado de homicidio culposo, en contra de dos funcionarios de Carabineros de Chile, un capitán y un cabo primero. Ambos funcionarios quedaron con medidas cautelares de arresto domiciliario, firma mensual y arraigo nacional, pese a que los querellantes aseguran que se cumplían los requisitos para haber otorgado la prisión preventiva.
Según el fiscal a cargo del caso, Eduardo Fajardo de la Cuba, dijo que los hechos se remontan al día 03 de marzo de 2020, en la noche, 22:40 horas aproximadamente, en la ruta 5 Norte, a la altura del kilómetro 89 donde se emplaza el peaje Las Vegas de la comuna de Llay Llay: «A esa hora en ese lugar se encontraba don Mario Díaz Eyzaguirre, uno de los formalizados, junto a otro funcionario policial arriba del radio patrulla realizando labores de fiscalización, siendo impactados de manera directa, y de acuerdo a lo que se pudo indagar, intencional por la víctima, don Danilo Cárdenas González. Producto de este fuerte impacto se activan los airbag de ambos vehículos, resultando los ocupantes del radio patrullas, en este caso los dos funcionarios y el conductor del otro vehículo, con lesiones aparentemente de carácter leve. Es en ese contexto que Danilo Cárdenas se baja del vehículo y comienza a realizar algunos insultos en contra del personal policial, epítetos contra el personal de Carabineros. Díaz Eyzaguirre con el otro funcionario se bajan del vehículo e intentan detener a Danilo Cárdenas. En esta dinámica el funcionario policial realiza dos disparos con su arma de fuego al cuerpo de don Danilo Cárdenas. Un primer disparo producto del cual la víctima cae al suelo para volver a ponerse de pie, realizando el funcionario un segundo disparo. Junto con el funcionario que lo acompañaba el día de los hechos procede, así este Carabinero, a la detención de Danilo Cárdenas junto con unos civiles hasta la llegada de otros vehículos de apoyo de Carabineros de Chile, apareciendo en esta instancia entonces el oficial capitán Rafael Ramírez. Llega además personal del SAMU quienes atienden a los dos funcionarios de Carabineros, no así al detenido, en este caso don Danilo Cárdenas, a quien suben a un vehículo policial y trasladan hasta la subcomisaría», dijo.
Reconoció el persecutor que en el marco de la investigación, hubo aviso de arma de fuego «por funcionarios y aviso además de un lesionado por arma de fuego por el mismo funcionario, pese a lo cual no se trasladó de manera inmediata al detenido, en este caso a la víctima, al hospital, que de acuerdo al protocolo y procedimiento era lo que debía hacerse. Finalmente la víctima fallece y se constata su muerte en el hospital local de Llay Llay, donde es llevado posterior a la detención y cuando ya fue ingresado a las dependencias de la subcomisaría por los mismos carabineros, estableciéndose a través del Servicio Médico Legal la causa de la muerte fue una de las heridas, en la zona abdominal, que provocó una lesión transfixiante. Así de acuerdo a lo que se pudo indagar, la participación en los hechos sería respecto del funcionario Mario Díaz Eyzaguirre en este delito de homicidio, respecto de quien es dable hacer presente que se dan las atenuantes de legítima defensa incompleta dado el contexto en que ocurre esta detención o intento de detención, y el uso de arma de fuego, antecedentes que fueron alegados y señalados en su oportunidad. Respecto del otro funcionario, en este caso don Rafael Ramírez, por el delito de apremios ilegítimos con resultado de homicidio culposo», manifiesta.
Ambos imputados fueron formalizados y se fijaron cautelares del artículo 155. Respecto de Díaz Eyzaguirre, en atención a las atenuantes que concurren respecto a este ilícito, arresto nocturno y arraigo nacional, y respecto al funcionario Rafael Ramírez por esta figura de apremio, las cautelares de firma mensual y arraigo nacional, fijándose un plazo para el cierre de la investigación de 90 días.
QUERELLANTE NO CONCUERDA CON MEDIDAS CAUTELARES
En tanto, desde la familia de Danilo Cárdenas, su abogado Mario Fuentes dijo que ellos junto al Instituto de Derechos Humanos no coinciden con las solicitudes de las medidas cautelares de la fiscalía, «y en ese sentido es que nosotros en la audiencia solicitamos prisión preventiva respecto de ambos imputados, porque consideramos que se cumplen los requisitos establecidos en el código procesal penal, particularmente lo establecido en el 139 y 140 respecto a la procedencia de esta medida cautelar que es la más gravosa», señala.
– ¿Por qué se cumplen?
– Porque en la carpeta investigativa existen antecedentes suficientes que hacen presumir la existencia del delito. Existen también antecedentes suficientes que hacen presumir la participación de los imputados que dieron lugar al delito, y además que existe peligro de seguridad de la sociedad. Y me detengo en este punto. ¿Por qué existe peligro para la seguridad de la sociedad?, porque se trata de un imputado que percutó tres disparos, de los cuales dos de ellos impactaron, uno en el abdomen y otro en la rodilla de la víctima y que fueron la causa de la muerte según los informes periciales que constan en la carpeta investigativa. Por lo mismo si estos imputados permanecen en libertad y que aún se mantienen en servicio activo, y más grave aún el imputado Díaz Eyzaguirre se mantiene activo justamente en el lugar donde se dio origen a los hechos, es decir en la Tenencia de Carreteras a la altura de Llay Llay, es que nada obsta que este imputado vuelva a enfrentarse a una situación similar y vuelva a hacer uso de su arma de fuego, contraviniendo las reglas constitucionales y legales.