- Ante inminente contaminación de aguas en Santa María: En respuesta a una solicitud del Juez de Letras de San Felipe, la máxima autoridad provincial fue tajante al señalar que trabajos de Minera Nueva Esperanza afectan directamente aguas de riego y consumo humano.
El gobernador de la Provincia de San Felipe, Eduardo León Lazcano, pareciera haberle dado un corte definitivo al conflicto existente entre la Comunidad de Campo Jahuel y la Sociedad Minera Nueva Esperanza, tras despachar un informe al Primer Juzgado de Letras en lo Civil de San Felipe,en el que “No autoriza el funcionamiento de la faena minera en cuestión”; argumentando la existencia de antecedentes técnicos y asesoría profesional de organismos especializados, que constatan la afectación directa que esta actividad económica provoca a las fuentes de abastecimiento de agua de riego y consumo humano en los sectores de El Zaino, Jahuel y Santa Filomena, en la comuna de Santa María.
De acuerdo con el escrito emanado al Juez Letrado en lo Civil del 1° Juzgado San Felipe, la determinación de León está amparada en el artículo 17 del Código de Minería, el cual, considera la autorización del gobernador para este tipo de faenas, inciso en el que León se sustentó para argumentar que “ nosotros hemos ido a terreno, hemos revisado los expedientes e informes técnicos y la respuesta es bastante clara: no están las condiciones para que esta minera opere en el lugar, ni ésta, ni otra, la verdad es que la captación de agua y su abastecimiento están siendo muy afectados”, sentenció la máxima autoridad provincial.
El abogado de la Gobernación Provincial de San Felipe, Adolfo Pizarro, se encargó de fundamentar legalmente los dichos de León y precisó que “hay que partir por aclarar que la Gobernación no está cerrando, ni clausurando la explotación minera, sino que, está respondiendo conforme al artículo 17 del Código Minero, una consulta que se le presentó en el proceso judicial y conforme a las facultades que la norma le otorga al gobernador, él emitió su pronunciamiento”, fundamentó el letrado.
Así mismo, Pizarro aclaró que “este documento es una más de las condiciones que el fallo le impuso a la empresa minera, le realizó una batería de exigencias, técnicas y legales que debía cumplir”, concluyó.
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