Jueves 14 de marzo a las 18:00 horas:
- A muchos contribuyentes a partir de este año sus cuentas y planes no les saldrá como quizás lo habían planeado. Entérese el próximo jueves de los nuevos cambios y aplicaciones a la hora de su Declaración ante SII.
Este jueves 14 de marzo a las 18:00 horas en el Teatro Municipal de San Felipe, se impartirá una importante charla dirigida a todas las personas que laboran a Honorarios y que han tenido retenciones durante 2018 y que van a declarar en pocas semanas. La profesional a cargo de este importante conversatorio es Verónica Acevedo Marín, jefa del grupo de fiscalización de la Unidad de Servicio de Impuestos Internos de San Felipe, con quien Diario El Trabajo habló para entender la importancia que esta información tiene para nuestros lectores.
– ¿Por qué es necesario que estas personas asistan a esta charla?
– Lo que sucede es que el pasado 2 de febrero de 2019 se aprobó y salió promulgada la nueva Ley 21.133, esta tiene que ver con la obligación de cotizar para los trabajadores a Honorarios, entonces a contar de este año será obligatoria las cotizaciones de seguros de Invalidez, Sobrevivencia, Accidentes del trabajo, la Ley Sana, cotizaciones de Salud y las cotizaciones Previsionales, las pensiones.
– ¿Cuál es la labor de Impuestos Internos en este nuevo proceso?
– Nuestra labor es hacer el cálculo sobre cuánto le corresponderá cotizar a cada persona, en orden de prelación a cuál irán nuestras cotizaciones y, si es que llegase a haber un excedente, entonces ahí recién la persona podría tener devolución, entonces, a lo que estábamos acostumbrados anteriormente que casi todas las personas tenían devolución , ahora no necesariamente será así.
– ¿Quiénes administrarán nuestros dineros entonces?
– Los dineros van a ser administrados por las instituciones que correspondan, como el Instituto de Seguridad Previsional, Fonasa e Isapre entre otras, la información llega a Tesorería y ésta informa a las instituciones que administran esos fondos.
– ¿Cuál es la idea medular de esta charla y de las nuevas reglas?
– La idea es informar quiénes son los contribuyentes que van a estar obligados a cotizar, sobre qué montos y qué opciones hay, porque si bien es cierto en este momento la obligación es cotizar, existe un sistema transitorio en el cual uno puede cotizar pero no por el 100% de cobertura sino que se hablará de las coberturas parciales.
– ¿Las aplicaciones son iguales para todos o varían para cada contribuyente?
– El cálculo que nosotros hacemos es para cada contribuyente en particular, la realidad de cada contribuyente es sumamente personal, entonces vamos a ver una serie de combinaciones y factores, vamos a verificar primero que el contribuyente trabajó como empleado, trabajó como Honorario o exclusivamente combinado vamos a ver cuánto cotizó, cuánto estaba obligado a cotizar y cuánto es la diferencia y de esa diferencia ver cuáles son las cotizaciones que van a cubrir, pues en caso que no nos alcance, el orden de prelación es lo que nos indican adónde van los fondos. Es obligatorio.
– ¿Está obligado el contribuyente a cotizar por el 100% de cobertura?
– No. El contribuyente siempre va a tener la opción de elegir. Como esta es una opción absolutamente personal, la persona puede elegir si es total o parcial la cobertura que quiere, esta cobertura cubrirá desde julio de 2019 hasta junio de 2020, un año completo.
– ¿Hay ‘derecho al pataleo’ con esta nueva ley para alguien?
– Esta ley ya fue sancionada, entonces ya no tenemos mucho más que hacer por cuento esto ya fue aprobado por el Parlamento, ante hechos consumados de la ley a nosotros nos corresponde hacer lo que nos mandata la ley, y la ley en estos momentos nos está mandatando hacer la determinación, o sea, en el fondo estricto esto no es una cuestión tributaria netamente, pero la ley nos mandata hacer las determinaciones, a hacer los cálculos, entonces para nosotros es mucho más fácil explicarle a los contribuyentes antes, ante qué escenario se van a topar, para que al momento de ir a hacer sus declaraciones.
– ¿Cuándo se enterará el contribuyente si recibirá o no excedentes?
– Al final de hacer su Declaración usted siempre va a saber si es que le va a llegar devolución sí o no, y si le va a llegar, cuánto. Toda la información ya está instalada en Internet, aunque aún no está disponible para el público, porque nuestra Declaración de Impuestos la tenemos que hacer en abril.
– ¿Está la plataforma ya funcionando para que no hayan problemas en abril?
– Sí. Nosotros ya estamos trabajando en las pantallas preliminares que son las que hemos desarrollado con nuestro equipo de Informática del Servicio, la labor nuestra es bastante grande por cuanto tenemos que reunir toda la información de todos los contribuyentes con el fin de elaborar una propuesta, de manera que, ‘con la información que nosotros (SII) a usted le corresponde esto’.
– ¿Quiénes no serán afectados por esta nueva ley?
– En la parte de Cotizaciones previsionales están excluidos las personas afiliadas al sistema antiguo de pensiones como Capredena, Dipreca y el IPS, también no están obligadas aquellas mujeres que hayan cumplido los 50 o más años de edad al 1º de enero de 2018, y los hombres que hayan cumplido sus 55 años o más al 1º de enero del año pasado, a los que están ya pensionados por Vejez, Vejez anticipada o por Invalidez total, aquellos que hayan cotizado mensualmente por el Tope imponible y, aquellos que tengan exclusivamente honorarios anuales inferiores a $1.440.000.
Roberto González Short