- Tras procedimiento de Carabineros en Catemu: Las diligencias policiales establecieron que el delincuente mantenía el armamento a fogueo adaptado para disparar balas calibre 22. Tras ser enjuiciado por este delito, obtuvo una condena privativa de libertad.
Por el delito de porte de arma a fogueo adaptada para disparar, fue condenado por el Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe, Bernardo Andrés Pizarro Villagrán, luego de ser sorprendido por Carabineros portando el armamento en la comuna de Catemu el año 2016.
La Fiscalía acusó los hechos de la acusación durante el juicio correspondiente a un procedimiento de Carabineros ejecutado el 26 de diciembre del año 2016 en horas de la tarde, observando a un sujeto que circulaba por calle O´Higgins de la Villa Licanray de Catemu, arrojando al suelo un objeto que resultó ser un arma de fuego con sus respectivas municiones.
Carabineros inmediatamente efectuó la detención del entonces imputado por este delito, confirmándose que el armamento correspondía a una pistola a fogueo acondicionada para disparar balas calibre 22, de acuerdo a los peritajes policiales.
El acusado en aquel entonces fue formalizado por este delito en el Juzgado de Garantía de San Felipe, quedando bajo la cautelar de prisión preventiva hasta ser enjuiciado en el Tribunal Oral en Lo Penal de esta comuna, siendo declarado culpable.
Tras este veredicto judicial, la terna de jueces de este tribunal condenó al acusado a la pena de tres años y un día de presidio efectivo por el delito de porte de arma a fuego.
No obstante la Defensa mantiene un plazo de diez días para elevar eventualmente un recurso de nulidad sobre este juicio ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Pablo Salinas Saldías