Deberá cumplir mínimo 40 años para pedir beneficios:
El Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe sentenció a presidio perpetuo calificado a Estéfano Cortez Salcedo, apodado ‘El Petizo’, por el ‘femicidio no íntimo’ de Sandra Jorquera Guerrero, ocurrido entre el 9 y 10 de julio del año pasado en Villa Curimón.
La información la dio a conocer el fiscal a cargo del caso, Eduardo Fajardo de la Cuba, reiterando la pena de presidio perpetuo calificado «por este delito de femicidio ocurrido entre las fechas 9 y 10 de julio del año 2022 en la Villa Curimón, en el inmueble donde vivía la víctima doña Sandra Jorquera. El tribunal ponderando todos los medios de prueba aportados por fiscalía, entre ellos testigos, fotografías, pericias científicas particularmente, permitieron al tribunal arribar a la decisión de condena por este delito de femicidio no íntimo por el cual la fiscalía acusó en esa oportunidad. El tribunal acogió además 2 agravantes invocadas por el ministerio público que permitieron finalmente, de acuerdo a la interpretación y aplicación de las condenas, que se le diera esta condena de presidio perpetuo calificado».
REFRESCANDO LA MEMORIA
El fiscal recordó que este crimen ocurrió el 9 a 10 de julio del año pasado, cuando el sentenciado Estéfano Cortez Salcedo dio muerte de manera violenta a Sandra Jorquera, la víctima, a quien golpea brutalmente utilizando «un arma corto punzante en la zona del cuello de la víctima y además la asfixia», dijo.
Agrega el persecutor que se pudo acreditar que entre ellos –víctima y victimario- existía una relación cercana que al menos «conllevaba un poco más allá de amistad, de ahí que se calificara como ‘femicidio no íntimo’. El hallazgo del cuerpo lo realiza la hija de la víctima, doña Yaritza Villarreal, quien llama a Carabineros y se despliega todo el operativo policial desde ese minuto en adelante hasta que finalmente se logra establecer la participación del acusado en los hechos a través de testigos y prueba científica».
– Fiscal, a propósito de prueba científica, ¿fue clave para situar al sentenciado en el sitio del suceso?
– Claro, en uno de los barridos de los elementos encontrados en el lugar de los hechos, particularmente el cuchillo utilizado, se encontró ADN del acusado, y eso fue importante para efectos de establecerlo en el lugar de los hechos además con una de las armas o elemento utilizados para dar muerte a la víctima. El imputado en todo caso declaró, reconoció parte de los hechos. Él también se sometió a exámenes de manera voluntaria, sin embargo el tribunal consideró que su declaración no fue sustancial por cuanto no declaró aquellos hechos que pueden ser relevantes para establecer su participación en este delito.
– O sea él fue.
– El declaró, reconoció.
– ¿Reconoció que la mató?
– Reconoció sí, a posterior, claro, y aportó algunos antecedentes en cuanto a la dinámica que era concordante con lo que nosotros pudimos apreciar en el lugar de los hechos.
El fiscal Fajardo de la Cuba explicó a nuestro medio, horas antes de la lectura de la sentencia, que pidió presidio perpetuo calificado por las agravantes que alegó; «el tribunal acogió dos, y ninguna atenuante», señaló.
DIEZ DIAS PARA RECURRIR DE NULIDAD
El fiscal Eduardo Fajardo de la Cuba recordó que le asiste a la defensa un plazo de 10 días «para eventualmente recurrir a través de un recurso de nulidad para que conozca la Corte de Apelaciones de Valparaíso y eventualmente, si confirma la sentencia el fallo queda a firme, o bien podría dictar sentencia de reemplazo o anular el juicio», concluye.
Decir que el presidio perpetuo calificado consiste en que sólo después de 40 años de cárcel el sentenciado podría solicitar algún beneficio intracarcelario.
La lectura de sentencia se realizó este lunes a eso de las 5 de la tarde