El Abogado del Sindicato Industrial de Integración Laboral SIIL de Codelco División Andina, Edgardo Lepe y Juan Olguín, Presidente del Sindicato Industrial de Integración Laboral SIIL de Codelco División Andina.

El Abogado del Sindicato Industrial de Integración Laboral SIIL de Codelco División Andina, Edgardo Lepe y Juan Olguín, Presidente del Sindicato Industrial de Integración Laboral SIIL de Codelco División Andina.

La Quinta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso emitió su fallo con respecto al Recursos de Nulidad interpuesto por Codelco División Andina, con respecto al juicio de parte de 21 trabajadores activos de la empresa socios del Sindicato Industrial de Integración Laboral, quienes contrajeron la enfermedad profesional silicosis, por deficiencias en la ventilación de la mina subterránea.
En este sentido y en esta instancia legal, esta instancia superior al Primer Juzgado de Letras de Los Andes desestimó la petición de Codelco y no dio a lugar a su requerimiento en los cinco puntos que cuestionaron la decisión judicial, favoreciendo de esta forma a los trabajadores que demandaron a la empresa, ratificándose la condena a pagar por concepto de indemnización de daño moral $40 millones a 21 trabajadores y $70 millones a uno de ellos por la enfermedad profesional contraída en su desempeño en División Andina.
En la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, se decidió que los trabajadores trasladados desde El Salvador a Andina, fue en esta última donde adquirieron la enfermedad profesional silicosis, ya que se hicieron exámenes y se entiende a la empresa como un mismo empleador independiente las divisiones. Además se consideró a los trabajadores, donde se había apelado de parte de la empresa a una prescripción del caso, determinando para ello 15 años como plazo y se les dio la razón a los demandantes.
Asimismo, se consideró a aquellos trabajadores que después de determinado tiempo apareció la enfermedad, puesto que en numerosos fallos se da este tipo de situaciones, en que con el paso del tiempo aparecen las patologías. Finalmente, con respecto a un trabajador que fue finiquitado, se consideró que nunca se renunció al derecho de la demanda explícita a la empresa, acogiendo su solicitud a pesar del tiempo transcurrido.
Con respecto a este fallo, el Abogado del Sindicato Industrial de Integración Laboral SIIL de Codelco División Andina, Edgardo Lepe, sostuvo que «estamos bastante satisfechos con esta decisión, pues nos favorece en todos los puntos y ahora esperaremos los 15 días legales para ver si vamos por el Recurso de Unificación y se da el favor a los demandantes».
Con esta decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, se considera un nuevo triunfo en este caso para los trabajadores, ya que se tomó razón de lo establecido en una primera instancia, asimismo se espera que la empresa tome estas decisiones como algo definitivo y no recurra a la última instancia en la Corte Suprema.
En este ámbito, Juan Olguín, Presidente del Sindicato Industrial de Integración Laboral SIIL de Codelco División Andina, manifestó que «ya tenemos a nuestro favor decisiones en dos instancias legales por lo cual apuntamos que la empresa, acoja las decisiones y pague los montos a los que fueron sentenciados, pues creemos que con apelaciones sólo se dilatan y postergan, lo hechos que ya fueron discutidos y que se les encontró la razón a los socios con enfermedad profesional».
Cabe mencionar, que el pasado 12 de enero División Andina presentó un Recurso de Unificación de Jurisprudencia que afecta a doce de los 21 trabajadores, no obstante ello se puede exigir el cumplimiento de esta sentencia.
Se esperarán ahora los plazos legales para ver cuáles son los pasos del equipo jurídico de la cuprífera en este caso. Aunque se insta a terminar con la incertidumbre de estos trabajadores que en su mayoría están activos, ya que las pruebas están a la luz se les debe pagar este daño moral que han sufrido.

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La Quinta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso emitió su fallo con respecto al Recursos de Nulidad interpuesto por Codelco División Andina, con respecto al juicio de parte de 21 trabajadores activos de la empresa socios del Sindicato Industrial de Integración Laboral, quienes contrajeron la enfermedad profesional...