Abogado querellante del caso, Marcelo Marañón.

La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante para revocar el beneficio de libertad vigilada concedido a los hermanos Pérez Tapia, condenados a 5 años bajo el beneficio de libertad vigilada, tras ser considerados culpables de abuso sexual, siendo víctima un niño de sólo seis años el año 2010.

Esto significa que la Corte ratifica la sentencia firme y ejecutoriada por el Tribunal Oral en Lo Penal de San Felipe el pasado 28 de noviembre, dado a los hechos presentados por la Defensoría Penal Pública en representación de los tres hermanos condenados, y por el querellante Marcelo Marañón, quien apeló sólo al beneficio de libertad vigilada, desestimándose de esta forma el requerimiento, según señaló el propio Marañón a Diario El Trabajo.

«La Corte requirió la carpeta investigativa para su revisión y acogió el recurso de hecho presentado por la parte contraria, y acto seguido rechazó el recurso de apelación nuestro. Alegué que no se cumplía con los requisitos para que se otorgara la libertad vigilada, dentro del requisito esencial era el informe presentencial. Desconozco los motivos del porqué la Corte no nos acogió nuestra apelación, esto más que un fundamento jurídico es una cuestión práctica, si la Corte hubiese enmendado o tuviese que corregir la sentencia no quisieron meterse en un tema que ya estaba resuelto (…) a los jueces les da lata modificar los fallos judiciales por cuanto les obliga a tener más pega que consiste en rectificar el fallo derechamente», precisó el querellante.

De acuerdo a la investigación presentada por la Fiscalía y la parte querellante, el Tribunal Oral de San Felipe logró acreditar que en un día no determinado del mes de enero del 2010, el menor de iniciales F.J.P.L., de 6 años de edad, se encontraba en casa de sus abuelos ubicada en la parcela 1 en el sector de Piguchén de la comuna de Putaendo. En aquella oportunidad -según la acusación- el niño fue llevado a la fuerza hasta un sector de unos corrales por los hoy condenados, quienes bajo agresiones verbales lo ataron con una soga a un árbol y le bajaron sus pantalones para tocarle sus genitales.

Durante el juicio, el niño declaró ante los jueces bajo video conferencia que los abusos habrían continuado por parte de los hermanos Elians Arturo, Ángel Andrés y Ricardo Patricio Pérez Tapia, de 21, 22 y 25 años de edad, quienes se desnudaron y uno de ellos rozaba al menor con su miembro viril. La víctima agregó que posteriormente se habrían desatado crueles actos de sadismo y tortura en su contra, asegurando la introducción de una manguera y la punta de un rifle a postón por su ano, los cuales no pudieron ser comprobados tras la tardía confesión a sus padres, por lo que el Tribunal absolvió el cargo de abuso sexual agravado, condenando a los hermanos sólo por abuso sexual impropio a un menor de edad, a 5 años en libertad.

Pablo Salinas Saldías

psalinas@eltrabajo.cl

 

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La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante para revocar el beneficio de libertad vigilada concedido a los hermanos Pérez Tapia, condenados a 5 años bajo el beneficio de libertad vigilada, tras ser considerados culpables de abuso sexual, siendo víctima...