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Suprema confirma ilegalidad de allanamiento e incautación en municipio de Llay Llay

  • El máximo tribunal del país estableció que la medida carecía de justificación y que el actuar policial vulneró la libertad de dos funcionarios, por lo que la Fiscalía deberá devolver teléfonos y computadores.–

La Corte Suprema falló a favor de dos funcionarios de la Municipalidad de Llay Llay, acogiendo un Recurso de Amparo en su defensa, en un procedimiento de allanamiento e incautación efectuado por la PDI y que ya había sido declarado ilegal por la Corte de Apelaciones de Valparaíso el 30 de septiembre pasado. Ahora, la Fiscalía Local deberá devolver los teléfonos y los computadores incautados de manera ilegal tras la determinación del máximo tribunal del país.

La resolución confirma la ilegalidad de la autorización judicial y el procedimiento policial que derivó en la incautación de computadores laborales y teléfonos personales el pasado 11 de septiembre. En ese mismo procedimiento se inventó de manera malintencionada por la prensa que el alcalde Edgardo González Arancibia había sido detenido por una decena de funcionarios de la PDI.

Con un gran despliegue, los agentes de la Brigada de Delitos Económicos llegaron al municipio solicitando la entrega voluntaria de equipos computacionales y telefónicos sin contar con una orden judicial fundada, algo muy extraño en este tipo de procedimientos. Por ello, uno de los afectados solicitó dicho documento, siendo retenido por al menos cuatro horas sin tener derecho a comunicarse mientras se gestionaba una orden verbal del Juzgado de Garantía de San Felipe.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y que fue confirmado por la Corte Suprema, determinó que la medida se dispuso de forma infundada, vulnerando la normativa y argumentó que existe ausencia de antecedentes que vincularan objetivamente a los dos funcionarios con los delitos que se investigan, evidenciando una falta de proporcionalidad en la decisión. Además, se concluyó que la PDI vulneró la libertad personal de uno de los amparados al mantenerlo retenido en su oficina a la espera de la orden.

En consecuencia, primeramente el tribunal de alzada y ahora la Corte Suprema, dejaron sin efecto la autorización judicial y se declaró ilegales los resultados de las diligencias. Además, se ordenó restituir los objetos incautados a la brevedad, eliminar los datos obtenidos de ellos y declaró ilegal el procedimiento ejecutado por la PDI.

Al respecto, el alcalde de Llay Llay, Edgardo González Arancibia, señaló que «la Corte Suprema ha ratificado que el allanamiento realizado en la Municipalidad de Llay Llay el pasado 11 de septiembre fue abiertamente ilegal al carecer manifiestamente de fundamento, confirmando lo que siempre hemos sostenido: que nuestras actuaciones se han apegado a la ley, las obras se han ejecutado de manera adecuada y no existe daño al patrimonio público; por lo que, aunque mantenemos nuestra tranquilidad y disposición a colaborar, esta resolución es una señal potente del máximo tribunal del país respecto a la debilidad, el sesgo y la poca diligencia de la investigación llevada adelante por la Brigada de Delitos Económicos de Los Andes, que vulneró gravemente los derechos de nuestros funcionarios», cerró.

Corte Suprema confirmó ilegalidad de allanamiento e incautación en el municipio de Llay Llay.
Corte Suprema confirmó ilegalidad de allanamiento e incautación en el municipio de Llay Llay.
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